Qué pasó
- La Dirección del Trabajo publicó el 7 de agosto el Ordinario N°2000-49883/2026 sobre inteligencia artificial y mecanismos de control laboral.
- El pronunciamiento analiza un sistema de detección de fatiga, somnolencia y distracción basado en análisis permanente y automatizado del rostro del conductor.
- La DT señaló que una medida de esa intensidad puede afectar de manera desproporcionada derechos fundamentales como privacidad, intimidad e integridad psíquica.
- También estableció que el tratamiento de imágenes, rasgos faciales y datos vinculados al reconocimiento facial exige resguardos reforzados.
- Entre ellos menciona finalidad determinada, acceso limitado, custodia, reserva, conservación solo por el tiempo necesario y eliminación segura.
Por qué importa
- Para empresas chilenas, la discusión sobre gobernanza de IA deja de ser una presentación corporativa importada desde Europa. Ya existen criterios administrativos locales aplicables a sistemas concretos de monitoreo.
- El caso también muestra que “seguridad” no funciona como permiso automático. Un sistema puede perseguir un objetivo legítimo y aun así resultar desproporcionado por la intensidad de la vigilancia.
- Esto afecta especialmente a soluciones de recursos humanos, logística, transporte, seguridad y productividad que procesan biometría o infieren estados de una persona. Comprar el software no resuelve la pregunta jurídica sobre si debe usarse.
El dato
7 de agosto de 2026: fecha del pronunciamiento de la Dirección del Trabajo.
Contexto
Chile se prepara además para un régimen más exigente de protección de datos personales. Eso vuelve más relevante distinguir entre adoptar IA y tener una base legítima, proporcional y documentada para tratar los datos que esa IA necesita.
Qué viene
- Las empresas que utilicen monitoreo automatizado deberán revisar finalidad, proporcionalidad, acceso y conservación de datos.
- Los proveedores tendrán que explicar con más precisión qué capturan sus sistemas y qué inferencias realizan.
- La fiscalización práctica seguirá siendo decisiva: la DT aclaró que no entrega una autorización previa general para estos mecanismos.
La IA laboral suele venderse como una capa de eficiencia. En Chile, esa capa ya tiene una condición bastante menos vendible y bastante más importante: los derechos fundamentales siguen debajo.
Fuentes
- Dirección del Trabajo de Chile, 7 de agosto de 2026: https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-propertyvalue-195151.html
